Cita de R. Carnap/es
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Por «inferencia inductiva» entiendo, no sólo la inferencia de hechos a leyes, sino también toda inferencia que «sea no demostrativa», esto es, una inferencia tal que la conclusión no se desprende con necesidad lógica cuando se admite la verdad de las premisas. Tales inferencias deben ser expresadas en grados de lo que yo llamo «probabilidad lógica» o «probabilidad inductiva».